El 30 de abril vence el plazo legal para la primera entrega de dotación del año en Colombia. Evite sanciones del Ministerio de Trabajo y asegure la protección de su personal operativo hoy mismo.
¿Qué exige la ley?
Toda empresa debe entregar calzado y vestido de labor a los trabajadores que ganen hasta 2 SMLMV. Las fechas obligatorias son: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.
El riesgo de comprar a última hora:
Falta de inventario en tallas clave.
Multas severas por incumplimiento.
Riesgos de accidentes por entregar equipos sin certificación para la industria.
Asegúrese de entregar equipos certificados que realmente protejan en terreno:
Calzado: Botas dieléctricas con puntera de seguridad.
Vestimenta: Ropa de trabajo resistente y de alta visibilidad.
Protección (EPP): Cascos, protección visual y auditiva certificada.
El tiempo corre. No deje la seguridad de su equipo y el cumplimiento normativo para el final. Contamos con inventario para despacho inmediato.